Estás en:

  La UE establece sus primeras exigencias de accesibilidad a webs y apps

Günther H. Oettinger, comisario europeo de economía y sociedad digitalesNo es aceptable que millones de ciudadanos europeos se queden atrás en la sociedad digital. El acuerdo garantiza que todos tengan la misma oportunidad de acogerse a las ventajas que ofrecen Internet y las aplicaciones móviles, de participar más intensamente en la sociedad y de llevar una vida más independiente”. Así enmarcaba el comisario europeo de economía y sociedad digitales, Günther H. Oettinger, el acuerdo entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión Europeos alcanzado el 3 de mayo para consensuar una propuesta de directiva comunitaria en torno a la “Accesibilidad de páginas web”, que potencie la accesibilidad a sitios web y aplicaciones móviles, en principio de los organismos del sector público en el seno de la Unión Europea (UE), se ha hecho realidad tras tres largos años de negociaciones.

El acuerdo, de vital importancia para las personas con discapacidad, toma forma tras este periodo de negociación y de valoración de informes, al que la ONCE (con la activa implicación de su centro de desarrollo tecnológico, el CIDAT) ha contribuido intensamente durante los últimos años, como nos explica Bárbara Martín, responsable de la Oficina Técnica de Asuntos Europeos y vicepresidenta de la Unión Europea de Ciegos (EBU), que también ha contribuido intensamente al buen fin de este proceso.

Un periodo no exento de dificultades, como ha sido la inclusión en la directiva de las apps móviles, contundentemente exigida por los representantes de las personas ciegas dada su preeminencia actual en el ámbito de las comunicaciones digitales; pero que no fue incorporada hasta la fase final de la negociación gracias al empeño de nuestras organizaciones (archivo mp3).

La UE valora que las beneficiarias de estas nuevas conquistas por la accesibilidad digital que se persiguen no serán sólo las personas con discapacidad, sino “el conjunto de la población europea”, reduciéndose además -a partir de la homologación a la nueva normativa comunitaria- los costes de producción y distribución de este tipo de productos en todos los Estados miembros. En la UE existen unos 80 millones de personas con alguna discapacidad, y a medida que envejece su población la cifra aumentará hasta los 120 millones en 2020, por lo que se imponen medidas que garanticen una sociedad digital inclusiva que se beneficie en su conjunto del Mercado único digital.

La directiva cubrirá todos los sitios web y aplicaciones móviles del sector público, desde los de las administraciones, tribunales y servicios de policía a los hospitales, universidades y bibliotecas públicas, y hará que sean accesibles a todos los ciudadanos, en particular a los ciegos, los sordos o las personas con dificultades auditivas, visuales o funcionales. Se trata, en definitiva, de un mensaje a los responsables de las estructuras oficiales de la Unión y de las Administraciones estatales, para que exijan de sus desarrolladores de páginas web y aplicaciones móviles, así como de los productores de herramientas de software o proveedores de soluciones web, el respeto de la normativa que plantea la propuesta de directiva. Los estamentos concernidos son las autoridades estatales, regionales y locales, pero también a las asociaciones y organismos que sirven al interés público y están gobernados por autoridades oficiales.

Entre los aspectos más relevantes que proyecta la directiva sobresalen los siguientes:

  • Una persona ciega utiliza en su móvil una aplicación accesible, en el transcurso de un acto públicoLas web y aplicaciones del sector público de los 28 Estados miembros habrán de cumplir una serie de normas técnicas como la incorporación de textos explicativos que acompañen a las imágenes o la posibilidad de acceder a sus contenidos sin utilizar el ratón, un dispositivo inaccesible para muchas personas con discapacidad.
  • El ámbito de aplicación de la propuesta de directiva ha sido extendido –bajo las negociaciones de la Presidencia Holandesa del Consejo – para incluir las aplicaciones móviles, consideradas actualmente de mayor uso que los propios sitios web.
  • Están incluidas en el ámbito de aplicación de esta propuesta de directiva las intranets y las extranets que se pongan en marcha a partir de la entrada en vigor de esta propuesta de directiva así como las preexistentes que se sometan a una revisión sustancial.
  • La directiva admitirá, eso sí, algunas excepciones a los criterios de accesibilidad como el streaming en vivo, el contenido recogido en estas web pero generado por terceros (como lo que publican los usuarios de las cuentas de la red social Twitter) o las colecciones patrimoniales alojadas en bibliotecas y museos... Con ello se persigue cierto equilibrio entre la exigencia de accesibilidad y la capacidad de respuesta objetiva de los organismos públicos.
  • Se estructurará a escala estatal un mecanismo de seguimiento y se presentarán a la Comisión los correspondientes informes sobre el cumplimiento de estas medidas, incluyendo un enlace público para su contraste por los usuarios y facilitándoles la solicitud de información y gestión de reclamaciones cuando consideren que un contenido no es accesible.

 

Bárbara Martín, responsable de la Oficina de Asuntos Europeos de la ONCEPlazos y trámites

Una vez aprobada la propuesta de por el Comité de Representantes Permanentes del Consejo (COREPER) y por el Consejo de la Unión Europea, el texto será votado en la Comisión de mercado interior y protección del consumidor (IMCO) del Parlamento Europeo -que ha coordinado las negociaciones sobre la propuesta en la Asamblea- y finalmente por el Pleno del propio Parlamento Europeo. Con la aprobación de las tres instituciones, el texto será publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), entrando en vigor 20 días después de su publicación y disponiendo los Estados miembros de 21 meses para transponer su contenido a sus respectivas legislaciones nacionales. Aún después, los estados dispondrán de un año para hacer efectivos los requisitos de accesibilidad de la directiva en sus sitios web diseñados después de la fecha de transposición y dos años para aquellos otros ya previamente existentes. El plazo para implementar los requisitos de accesibilidad en las aplicaciones móviles será de 33 meses desde la fecha de transposición, lo que puede llevarnos a un plazo final de entre cuatro y cinco años, lo que -en palabras de Bárbara Martín- constituye el gran ‘pero’ de un acuerdo en términos generales muy positivo (archivo mp3). Y la representante de la ONCE advierte para finalizar que esta nueva directiva no debe solaparse con la recientemente aprobada ‘Acta de Accesibilidad’ y mantiene además determinados límites de aplicación, por ejemplo en materia de transmisiones audiovisuales (archivo mp3).