Estás en:

La invasión anárquica de las aceras por patinetes y nuevos elementos de movilidad urbana, objeto de denuncia al Defensor del Pueblo

 Y reclamación ante el Congreso para que se obligue por ley a que el 10% de los vehículos VTC sean accesibles

Dos patinetes aparcados en una aceraEl Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) denunció el 6 de noviembre, ante el Defensor del Pueblo, la inacción de las administraciones públicas ante la invasión anárquica de las aceras por parte de patinetes y otros elementos de movilidad urbana a la que se viene asistiendo aceleradamente en las ciudades españolas durante los últimos meses. “La proliferación e implantación de patinetes y el mal uso y aparcamiento de estos nuevos elementos de movilidad urbana, sean eléctricos o no, ponen en riesgo la seguridad y comprometen la accesibilidad y la movilidad de las personas con discapacidad”, expone el CERMI en la queja remitida a la institución dirigida por Francisco Fernández Marugán.

EL CERMI advierte del peligro añadido que supone la elevada velocidad que alcanzan estos nuevos elementos de movilidad y su falta de sonido, ya que pueden provocar que las personas con discapacidad no se percaten de su presencia y, por tanto, les resulte más difícil evitar un posible accidente. Asimismo, alerta de que el mal estacionamiento de estos elementos de transporte puede generar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad y a la sociedad en general. “Aparcar en el cruce de dos calles, en el acceso a un paso de peatones o estacionarlo cruzado en medio de la acera pueden convertirse en impedimento para transitar o producir un accidente de consideración”, recoge el escrito.

Todas estas situaciones vulneran la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Igualmente, en 2003, España estableció la obligación legal de que el 4 de diciembre de 2017 todos los bienes, entornos y servicios de interés tenían que ser plenamente accesibles, y esta nueva circunstancia viene a convertirse en otro elemento añadido en contra de ese objetivo en las propias calles de nuestras localidades.

Por todo ello, el CERMI solicita “la intervención del Defensor del Pueblo para que investigue esta situación e inste a la Dirección General de Tráfico (DGT) y a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) a que impulsen medidas de regulación de estos vehículos orientadas a garantizar la seguridad, la accesibilidad y la movilidad de toda la ciudadanía, incluidas las personas con discapacidad”.

VTC accesibles

Además de esta petición, el CERMI también ha instado al Congreso de los Diputados que establezca la obligación legal de que el 10% de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) sean accesibles, con el fin de que las personas con movilidad reducida puedan utilizar este servicio en igualdad de condiciones. Así lo recoge en una propuesta de enmienda remitida a la Comisión de Fomento de la Cámara Baja, que tramita en la actualidad el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley de ordenación de los transportes terrestres en materia de arrendamiento de vehículos con conductor. En concreto, plantea que se introduzca una nueva disposición adicional que exija que estos vehículos tengan que tener unas condiciones mínimas de accesibilidad. “Con efectos desde el día 1 de enero de 2020, los titulares de servicios de arrendamiento de vehículos con conductor deberán disponer de al menos un vehículo accesible para el transporte de personas con movilidad reducida por cada diez vehículos que pongan a disposición del público”, reclama el CERMI.

La entidad recuerda que los servicios de arrendamiento de vehículos con conductor no están sometidos en España a ninguna obligación de accesibilidad universal, lo que vulnera los derechos de las personas con discapacidad y personas mayores a contar con un transporte a disposición del público no discriminatorio ni excluyente, cualquiera que sea su modalidad. Estos servicios, por su aparición y generalización posterior en el tiempo, no están incluidos en la normativa estatal de accesibilidad al transporte, que data de 2007, por lo que no rigen para ella obligaciones de accesibilidad, como sí ocurre por ejemplo para el servicio de taxi.