Estás en:

Como reclamaba el sector hace una década, por fin el Gobierno da luz verde al nuevo Baremo de Discapacidad

Persona en silla de ruedasEl Consejo de Ministros aprobó el pasado 18 de octubre el anhelado nuevo Baremo para la Valoración y Calificación del Grado de Discapacidad, ya publicado en el BOE, “una demanda histórica del sector de la discapacidad”, según Pilar Villarino formato MP3 audio(0,69 MB), directora ejecutiva del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMIAbre Web externa en ventana nueva), que parte de un amplio acuerdo entre el Estado, las Comunidades Autónomas y el sector de la discapacidad representado por el CERMI y sus organizaciones, como el Grupo Social ONCE.

El Real Decreto actualiza los criterios para valorar y calificar el grado de discapacidad de acuerdo con la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud que la Organización Mundial de la Salud (OMS) de 2001 (el baremo actual data de 1999), y sigue lo que marca la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas. De esta manera, el nuevo modelo evoluciona desde un enfoque médico-rehabilitador de la discapacidad hacia una consideración social, al tener en cuenta la participación social de estas personas y las barreras que encuentran en su entorno a la hora de ejercer este derecho.

Para  Pilar Villarino se trata de una necesidad ajustada a la actualidad formato MP3 audio(0,38 MB), ya que entre otras novedades, el nuevo baremo establece un nuevo trámite de urgencia para la valoración por causas humanitarias, de especial necesidad social, de salud o de esperanza de vida, como las víctimas de violencia,  agilizándose y flexibilizando los trámites a través de medios telemáticos, asegurando la accesibilidad universal de todo el proceso en todo el territorio, como asegura formato MP3 audio(0,91 MB).

Esta baremación incluirá, por ejemplo, a personas con enfermedades degenerativas como la ELA, a las víctimas de violencia de género, que también podrán acogerse a este trámite de urgencia, ya que muchas de ellas adquieren discapacidades tras sufrir malos tratos, y además se avanza en la valoración y calificación de realidades que causan discapacidad, como el autismo, los trastornos de salud mental o las enfermedades raras. Asimismo, señala la obligación de garantizar el derecho de los menores con discapacidad a ser informados, oídos y escuchados sin discriminación por razón de su edad, según nos explica formato MP3 audio(1,00 MB) Miguel Ángel Cabra de Luna, doctor en Derecho, director de Alianzas, Relaciones Sociales e Institucionales de la Fundación ONCE.

En cuanto a la consideración de discapacidad de las personas ciegas o con una grave discapacidad visual, el Real Decreto no presenta grandes novedades, como nos cuenta el responsable de Fundación ONCE formato MP3 audio(1,07 MB).

Más mejoras

Persona sordociegas en un encuentro junto a sus mediadoresEn nota de prensa, la Dirección General de los Derechos de las Personas con Discapacidad apuntó que con el nuevo baremo el Gobierno da cumplimiento a los compromisos adoptados en la esfera nacional e internacional y responde a una demanda de las personas con discapacidad “que llevaba bloqueada 10 años”.

Según el INE en España hay 4,38 millones de personas con discapacidad, y sus representantes podrán además participar en primera persona como integrantes de la Comisión de Valoración de la Discapacidad. Este censo poblacional excede en demasía de la cantidad de personas con discapacidad que actualmente se encuentran con una discapacidad oficialmente reconocida y certificada, con lo que el nuevo Baremo de discapacidad podría acercar ambas cifras, según Villarino formato MP3 audio(1,25 MB). Y pone como ejemplo, a la población de mujeres con discapacidad formato MP3 audio(0,49 MB) que el anterior baremo no refleja y que, ahora con el nuevo, espera que salgan a la luz.

La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, resaltó que el nuevo baremo pretende fijar unos criterios comunes en todo el territorio, que serán “más objetivos, más precisos, más completos y más humanos”“Sus trámites van a ser también más accesibles, ágiles y flexibles, con las nuevas tecnologías como grandes aliadas y con una perspectiva de derechos humanos", agregó.

Normas internacionales

La Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) de la OMS define la discapacidad como un término genérico que engloba deficiencias (referidas a disminuciones o pérdidas en estructuras o funciones del organismo); limitaciones de actividad (menor capacidad teórica en la realización) y restricciones para la participación. El modelo biopsicosocial propuesto por la CIF describe y evalúa el funcionamiento y la discapacidad sobre la base de unos componentes estructurados en dos categorías: funcionamiento y discapacidad (funciones y estructuras corporales, actividad y participación) y factores contextuales (factores ambientales y factores personales).

Primer plano de una mujer llorandoPor su parte, la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad “es un imperativo legal” para España desde su ratificación, señala el borrador, por lo que urgía adaptar la legislación nacional a dicho tratado.

En él se reconoce que “la discapacidad es un hecho social y un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”. Por ello, el lenguaje asociado a la discapacidad evoluciona en el mismo sentido, como así ocurre con términos como “atenuación o intensificación”, en lugar de “mejoría o agravamiento del grado de discapacidad”.

De todo esto se deduce la necesidad de adoptar un nuevo baremo y nuevos criterios de evaluación de la discapacidad, que manejen “una definición más precisa donde se contemplen todos los factores ambientales, sociales, psicológicos, de apoyo, etc,, relacionados con las deficiencias”. El nuevo texto persigue lograr una evaluación más completa y precisa de la situación de discapacidad y garantizar la igualdad de trato de la ciudadanía, así como homologar la regulación sobre la materia conforme a los estándares internacionales y garantizar la homogeneidad en las valoraciones llevadas a cabo en los distintos territorios del Estado.

Para ello, prevé la creación de un sistema de información único, mejorar la dotación de medios y poner en marcha formaciones específicas a los evaluadores.

Para Cabra de Luna este nuevo baremo es, en definitiva, "la llave de entrada en el sistema, que te abre la puerta para muchas cosas (prestaciones sociales, económicas, etc.)", asegura formato MP3 audio(0,70 MB), y viene a equilibrar las necesidades y demandas de muchas personas con discapacidad en los distintos territorios de nuestro país, "aunque ya veremos como se aplica. Una cuestión que ha de dar vigilancia y seguimiento la comisión nacional creada 'ad hoc' en la que el CERMI tiene un asiento", afirma formato MP3 audio(1,44 MB).

Nuevos baremos y clasificación

Junto a un primer baremo donde se describen los términos y conceptos fundamentales del nuevo modelo (función, capacidad, deficiencia, limitación…), y un segundo con recomendaciones éticas, estos nuevos criterios se apoyan en cuatro baremos de evaluación:

  • De las funciones y estructuras corporales, que mide la Deficiencia Global de la Persona (BDGP)
  • De las capacidades o de las Limitaciones en la Actividad (BLA)
  • Del desempeño, referido a las Restricciones en la Participación (BRP)
  • De los Factores Contextuales o Barreras Ambientales (BFCA).

La evaluación de la discapacidad, expresada en porcentaje, se realizará mediante la aplicación de estos baremos, mientras que la determinación del grado final de discapacidad se obtendrá del porcentaje resultante de la evaluación de las deficiencias, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación que presente la persona. Este podrá ser modificado en función de los Factores Contextuales o Barreras Ambientales (se podrá añadir hasta un máximo de 24 puntos a partir de lo obtenido).

De manera general, tendrá mayor peso el Baremo General de Deficiencias de la Persona, aunque en los casos de plurideficiencias, de deficiencias debidas a la edad o a ciertos estados de salud y también de discapacidad muy grave se prestará mayor atención a la limitación en las actividades y a la restricción en la participación.

Así, a partir de los problemas generales de funcionamiento, la CIF propone cinco clases de discapacidad, que este real decreto hace suyas.

  • Discapacidad nula o clase 0 (0-4% en el BDGP y Menos de 5% de los puntos en el BLA y el BRP), con ningún efecto apreciable en la realización de las actividades de la vida diaria
  • Clase 1 o discapacidad leve (entre 5 y un 24% en el BDGP, el BLA y el BRP), con limitaciones leves en las actividades de la vida diaria e independencia prácticamente total en las de autocuidado
  • Clase 2 o discapacidad moderada (25-49% en el BDGP, BLA y el BRP, teniendo además en cuenta los factores contextuales y ambientales medidos mediante un cuestionario de desempeño), que supone dificultad moderada en las actividades de la vida diaria (incapacidad total para alguna de ellas) e independencia en el autocuidado
  • Clase 3 o discapacidad grave (entre el 50 y el 95% en los tres baremos, teniendo en cuenta los factores ambientales y personales), que justificaría una dificultad grave en la realización de las actividades de vida diaria estudiadas, pudiendo existir una limitación total o imposibilidad en su realización, incluidas las actividades de autocuidado
  • Discapacidad total o clase 4 (entre el 96 y el 100% en los tres baremos), que implica la imposibilidad de realizar prácticamente ninguna actividad de la vida diaria, incluidas todas las referidas al autocuidado.

Mujer en silla de ruedasEste punto supone una diferencia respecto a la regulación actual de 1999, que contempla cinco clases de discapacidad de la siguiente manera: discapacidad nula (0%), discapacidad leve (1-24%); discapacidad moderada (25-49%), discapacidad grave (50-70%), y discapacidad muy grave (75%). Además, éste concede a las deficiencias objetivas casi todo el peso en la determinación del grado de discapacidad.

Resumiendo, "la idea es que se tenga cuenta la circunstancia personal de cada individuo a valorar, no solo lo médico sino también el entorno social en el que se encuentra esa persona"explica Villarino formato MP3 audio(1,02 MB)

Pensiones y tarjeta acreditativa

El nuevo Real Decreto regula también la percepción de las pensiones por invalidez o por hijo a cargo con discapacidad, para lo que se remite al baremo de la Ley de Autonomía y Atención a las Personas en situación de Dependencia, a fin de acreditar la necesidad de una tercera persona para la realización de las actividades diarias. Por último, requiere una limitación en la actividad de la movilidad igual o superior al 25% para conceder las ayudas por dificultades en el uso de transportes colectivos. La evaluación de la discapacidad correrá a cargo de equipos multidisciplinares, formados por profesionales del mundo sanitario y del ámbito social.

La tarjeta acreditativa de discapacidad que se emita será válida en todo el territorio nacional (tendrá un formato común) y contendrá los datos identificativos de la persona; su grado de discapacidad; el período de vigencia; la necesidad de una tercera persona o dificultades de movilidad, en su caso, y medidas de confidencialidad.