Recuerda

- El blanqueo de capitales es un delito y consiste en convertir en legal el dinero obtenido de forma ilícita.
- La participación en juegos de azar puede servir para blanquear dinero y financiar actividades terroristas, por lo que la ONCE debe evitar que sus loterías se utilicen para estos fines.
- La ONCE ha creado una Comisión para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y una Unidad Técnica de análisis de operaciones sospechosas. También ha designado un representante ante el órgano competente (SEPBLAC).
- La ONCE se ha dotado de herramientas informáticas que generan alertas sobre las operaciones sospechosas en las que concurren uno o varios indicadores de riesgo.
- Todas las alertas son analizadas y evaluadas por la Unidad Técnica o, en el caso del canal internet, por la Unidad de Prevención de Fraude en un primer nivel. Las operaciones que presentan indicios de sospecha son elevadas a la Comisión y este órgano decide si se comunican o no al SEPBLAC.
- La ONCE cuenta con un Manual para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo donde se recogen todas las medidas de vigilancia periódica para la detección y análisis de operaciones sospechosas.
- Los menores de edad y las personas inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego no pueden adquirir productos de lotería de la ONCE. Tampoco las personas vinculadas a la ONCE en materia de juego ni otras que establezca la ley.
- La ONCE identifica a sus clientes:
- En el canal presencial: cuando paga premios iguales o superiores a 2.000 euros; los usuarios de "Mis Reservas" a través de TPV son identificados cuando se registran en este servicio.
- En Internet: cuando el usuario se registra en www.juegosonce.es. La identidad es verificada documentalmente cuando el saldo total recargado alcanza los 150 euros o retiran premios de cualquier importe.
- Las personas jurídicas no pueden comprar por Internet pero pueden cobrar premios de boletos físicos, por lo que el control (tanto de la entidad como de su representante) se debe realizar en el momento del cobro.
- Si una persona trabajadora detecta una operación sospechosa debe comunicarlo al responsable del Centro ONCE donde preste servicios.
- Una vez hecha la comunicación se pondrá en marcha un procedimiento interno para que la Comisión decida si la operación se debe comunicar o no al SEPBLAC.
- En todo caso, la ONCE debe colaborar con el SEPBLAC si recibe un requerimiento de información.
- Si una persona trabajadora detecta una posible situación de incumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo debe comunicarlo mediante el canal de denuncias.
- La formación del personal es una pieza fundamental de la política de prevención. Es preciso que todas las personas trabajadoras conozcan el Manual y reciban formación periódica sobre la materia.
