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La discapacidad exime de formar parte de una Mesa Electoral, sin necesidad de certificado médico

Grafismo de la urna de una mesa electoralEl Boletín Oficial del Estado (BOE) del viernes 16 de septiembre pasado recoge el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) en el sentido de exonerar oficialmente a las personas con discapacidad de la obligación de presentar un certificado médico como requisito para excusarse de formar parte de una Mesa Electoral, tal y como ya había solicitado el Defensor del Pueblo. La Junta,  “siguiendo la recomendación del Defensor”, ha modificado en este sentido “las causas que eximen de la obligatoriedad de formar parte de una mesa electoral”.

La última instrucción de la JEC detalla que “la aportación por el interesado de la declaración de discapacidad, cualquiera que sea el grado de esta, bastará para la aceptación de la excusa por la Junta Electoral de Zona, sin que resulte necesario aportar certificado médico en el que se detallen las limitaciones que impidan o dificulten el desempeño de las funciones de miembro de una Mesa Electoral”.

El Defensor del Pueblo solicitó este cambio en agosto pasado tras las quejas presentadas por personas con discapacidad cuya solicitud de excusarse de una Mesa Electoral había sido rechazada por las respectivas Juntas Electorales de Zona, por no incluir un certificado médico pese a tener reconocida oficialmente su discapacidad.

La instrucción publicada en el BOE entró en vigor el 20 de septiembre, lo que facilitó ya que las personas con discapacidad implicadas pudieran excusar ya su participación como miembros de las Mesas Electorales en las elecciones de Galicia y País Vasco celebradas el pasado 25 de septiembre.