El Congreso rectifica la exigencia de dictamen médico para el matrimonio de personas con discapacidad
Dando respuesta a las demandas planteadas desde el sector de los propios afectados (ENLACE AL Nº 163), la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad, el 25 de abril, una proposición que modifique la Ley de Jurisdicción Voluntaria, restringiendo a casos “muy excepcionales” la necesidad de un informe médico para contraer matrimonio a las personas sordas y ciegas, como rezaba el texto original de la Ley. La reforma habrá de pasar ahora el trámite de su aprobación por el Pleno de la Cámara.
La Comisión reconoce como “urgente y necesaria” la reforma de la Ley -concretamente el artículo 56 del Código Civil- que, de otro modo, requeriría a las personas con discapacidad sensorial un dictamen médico para casarse a partir del 30 de junio próximo, al englobarlas junto a quienes presenten “deficiencias mentales o intelectuales”.
Su flagrante contradicción con la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad derivó en severas protestas de las organizaciones de personas con discapacidad y ahora el Congreso, a través de esta Comisión, reacciona planteando esta nueva redacción que determina que sólo en el “caso excepcional” de que alguno de los contrayentes tenga “una condición de salud que, de modo evidente, categórico y sustancial, pueda impedirle prestar el consentimiento” se recabará dictamen médico.