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Nueva normativa para mejorar la accesibilidad en los medios de transporte público

Mujer en silla de ruedas accediendo a un autobúsEl Gobierno ha revisado y afinado las directrices sobre exigencia de accesibilidad en el transporte público para las personas con discapacidad, mediante la aprobación por el Consejo de Ministros de un Real Decreto que modifica y actualiza el RD 1544/2007, de 23 de noviembre, que regula las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad. El uso cada vez más extendido, entre estas personas y, en general, por quien presenta circunstancias (puntuales o permanentes) de movilidad reducida, por utilización de sillas eléctricas, escúteres, etc., exigía la garantía de su posibilidad de acceso a medios de transporte público terrestre y marítimo.

Para darle cumplimiento, y con estimación de las propuestas remitidas por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), el Gobierno ha modificado la normativa correspondiente, de modo que las personas con discapacidad ya podrán usar en estos medios sus sillas de ruedas de motor eléctrico y los escúteres más usuales, de forma totalmente gratuita.

Además, las empresas de transporte deberán informar a los viajeros sobre las características de estas sillas y similares que son efectivamente admisibles en cada servicio en función de los condicionantes técnicos y de seguridad de cada uno de los medios. En la misma línea, para prevenir ataques propios de enfermedades tales como la epilepsia o la diabetes, se garantiza a los afectados el derecho a ir acompañados en estos medios de transporte por perros especialmente adiestrados (como lo están las personas ciegas para llevar sus perros guía), que se han mostrado especialmente eficaces, llegando incluso a salvar vidas. En consecuencia, se establece la obligación de admitirlos en estos medios de transporte para facilitar la movilidad de los miembros de estos colectivos.Consulta la nueva normativa formato PDF(0,19 MB)