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Novedades en los Reglamentos de Loterías  de la ONCE

Logo de la ONCEEl pasado 1 de abril de 2023, entraron en vigor los nuevos Reglamentos reguladores de los productos de las tres modalidades de lotería comercializadas por nuestra entidad, “Cupón de la ONCE”, “Juego Activo de la ONCE” y “Lotería instantánea de boletos de la ONCE”. Explicamos las novedades más destacadas en terminología, pago de premios y Juego Responsable.

Como principal novedad terminológica, la representación física o virtual del Cupón pasa a llamarse “boleto”. En el caso del “Juego Activo de la ONCE” la unidad de juego se llama “combinación” y la representación física o virtual pasará a llamarse “boleto” igualmente. Por último, en JuegosONCE, se cambia el término “usuario” por “cliente”.

En el caso de pago de premios, los Agentes-Vendedores podrán pagar en efectivo premios de boletos por cuantías que no superen los 500 €, o canjearlos hasta ese límite por otros productos de lotería, en lugar del actual límite de 200 euros. Este mismo límite se aplicará para los establecimientos del Canal Físico Complementario. También, los Centros podrán pagar en efectivo solamente los boletos premiados que no superen los 500 €. Por tanto los premios superiores a esa cuantía, se abonarán obligatoriamente mediante transferencia bancaria, en lugar del límite actual que era de 600 €.

Otras novedades son la exposición de las Listas Oficiales de Premios en los Centros que deja de ser obligatoria; en caso de solicitud expresa de algún cliente, se le facilitará una copia de la Lista Oficial de Premios de la que haya solicitado la  consulta, y la segunda es que el plazo de presentación de reclamaciones se amplía en la práctica a dos meses, ya que se podrán efectuar en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de caducidad o de fecha de fin de pago de premios para la modalidad de lotería instantánea.

Siguiendo en la profundización sobre Juego Responsable como elemento central e indispensable dentro de la ONCE, se ha añadido la prohibición de venta en los centros oficiales para la rehabilitación de personas jugadoras patológicas con las mismas características que la ya existente para centros escolares (entradas e interior). Además, no podrán crearse ni establecerse nuevos puntos de venta autorizados que estén ubicados a menos de diez metros de distancia de las entradas de ambos tipos de centros.

Un nuevo elemento de seguridad es que, según remarca el nuevo reglamento, los terminales punto de venta serán de uso exclusivo por el agente vendedor o por el personal del punto de venta autorizado, sin que los clientes puedan tener acceso a su utilización, salvo cuando se utilice el pago con tarjeta y el cliente deba introducir el PIN.

Como conclusión, y dentro del espíritu de mejora continua que existe en la ONCE, se han añadido mejoras terminológicas, mejoras operativas en el pago de premios y presentación de reclamaciones, y por último, varios cambios que amplían, la cobertura del Juego Responsable y la Seguridad dentro de la ONCE.