La EBU celebra el acuerdo sobre la legislación del Tratado de Marrakech y lamenta el "impuesto opcional sobre libros accesibles"
A través de un comunicado, la Unión Europea de Ciegos (EBU) ha hecho pública su satisfacción por el reciente acuerdo alcanzado entre el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Consejo de Ministros sobre el texto de la Directiva y el Reglamento para la aplicación del Tratado de Marrakech, que facilita el acceso a obras publicadas para las personas ciegas y con discapacidad visual grave.
La Directiva y el Reglamento, acordados el pasado 4 de mayo, permiten el intercambio transfronterizo de libros y otros materiales escritos en formatos accesibles para personas ciegas dentro y fuera de la Unión Europea. Estas nuevas normas establecen también una nueva excepción obligatoria al derecho de autor para la producción de obras en formatos accesibles.
“Esta es una gran noticia para millones de personas con discapacidad visual en todo el mundo y sus representantes -dice el comunicado- que han estado pidiendo el fin de la 'hambruna de libros' y que restringía el acceso a menos del 5% de las obras publicadas. También celebramos que el acuerdo haya excluido la posibilidad de requisitos de 'disponibilidad comercial'. Confiamos en que este acuerdo institucional allanará el camino para una rápida ratificación y aplicación del Tratado de Marrakech en la UE, que entró en vigor internacionalmente en septiembre de 2016 y ya ha sido ratificado por casi 30 países”.
No al pago a los editores
Al mismo tiempo, la EBU expresa en dicho comunicado su profunda decepción con un aspecto clave de la legislación acordada, que entiende injusta y discriminatoria contra las personas con discapacidad visual. Y es que el acuerdo final, contrario a la posición del Parlamento Europeo y de la Comisión Europea, pero promovido por el lobby de editores a través de varios gobiernos, entre ellos el alemán, permite a los Estados miembros imponer a las organizaciones y bibliotecas de personas ciegas el pago de compensación económica para la distribución de copias con formato accesible de obras protegidas por derechos de autor, a pesar de que esta distribución no causa daño probado a los titulares de derechos. “Estos sistemas de remuneración/compensación, que son opcionales para los Estados miembros de la UE, podrían tener un impacto muy negativo en el intercambio de libros accesibles debido a los altos costes de producción de estas obras especialmente adaptadas por organizaciones de personas con discapacidad visual”, explica la EBU.
Para la vicepresidenta de esta organización europea, la española Bárbara Martín, también responsable de la Oficina Técnica de Asuntos Europeos de la ONCE y especialista en el Tratado de Marrakech, la noticia supone un grave paso atrás
(0,43 MB) en el caso de España y una merma a la aplicación efectiva del Tratado a nivel general.
Si estos pagos adicionales o "impuestos sobre libros accesibles para ciegos" son ampliamente aplicados por los Estados miembros de la UE, el impacto positivo del acceso a la cultura y la educación de millones de personas ciegas podría verse seriamente obstaculizado. Por lo tanto, la Unión Europea de Ciegos hace un llamamiento a los gobiernos de la UE para que no apliquen sistemas de compensación en la transposición de esta legislación y la aplicación del Tratado de Marrakech.
Afortunadamente, el texto aprobado contiene una serie de salvaguardias y advertencias sugeridas en la aplicación de estos planes de remuneración por los Estados de la UE. Por lo tanto afirma, “permaneceremos vigilantes y no aceptaremos planes de compensación económica por parte de los Estados miembros de la UE sin la presentación de pruebas de daño sustancial a los titulares de derechos (como se especifica en la Directiva). Si esto sucede, emprenderemos acciones legales contra los Estados miembros por violar la presente Directiva y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Trabajaremos por una aplicación eficaz y rápida del Tratado”, manifiesta la EBU en su comunicado.
La adopción de la Directiva y del Reglamento por parte de la UE para la aplicación del Tratado de Marrakech es un paso importante en la ampliación de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad visual. “Queremos dar las gracias a las decenas de miles de personas que han estado luchando por el fin del 'hambre del libro' durante muchos años. En el contexto de la UE, queremos expresar nuestro agradecimiento especial a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, que ha desempeñado un papel crucial durante los últimos siete años, al ponente Max Andersson y a su personal y a la unidad de derecho de autor de la Comisión Europea, entre muchos otros”, concluye la EBU.
El texto acordado debe ser formalmente aprobado por la comisión de Asuntos Jurídicos, el Parlamento en su conjunto y el Consejo antes de su entrada en vigor. Está previsto que el Pleno del Parlamento Europeo vote el acuerdo en julio.
La Unión Europea de Ciegos estima que hay más de 30 millones de ciegos y personas con deficiencia visual en Europa, y la Unión Mundial de Ciegos sitúa la cifra mundial en 285 millones. Si bien las estimaciones de la proporción de libros publicados en formatos accesibles varían entre un 7% y un 20% de la producción bibliográfica general en la UE, en los países en desarrollo se estima que es de apenas el 1%.